Este 16 de noviembre se conmemoran los 50 años de la Convención Mundial del Patrimonio Cultural y Natural de UNESCO. En dicha fecha, en 1972, la Conferencia General de UNESCO aprueba esta importante convención, cuyo objetivo es la salvaguarda y conservación de las diversas expresiones patrimoniales del planeta. El Estado de Chile suscribe los términos de la Convención el año 1980.
La Convención surge, luego de constatarse que, las manifestaciones del patrimonio cultural y natural se encontraban amenazadas, no sólo por el tradicional deterioro físico, sino, sobre todo, por la acelerada evolución de la vida social y económica. Ante estos riesgos, incumbe a la colectividad internacional participar activamente en la protección del patrimonio de valor universal y excepcional.
Con la Convención se da inicio a un nuevo paradigma, permitiendo comprender al patrimonio más allá de los límites de cada país, afirmando la presencia de bienes culturales de importancia para toda la humanidad. De esta manera, UNESCO organiza un sistema internacional del patrimonio, compuesto administrativamente por los Estados Parte de la Convención, un Comité de Patrimonio Mundial (21 miembros elegidos periódicamente), y la asesoría de organismos especializados (ICOMOS, ICCROM e IUCN).
Los Sitios que forman parte de la Lista del Patrimonio Mundial de UNESCO deben demostrar que, cuentan con valores “universales y excepcionales”. Para ello es necesario que el bien satisfaga tres requisitos fundamentales: a) Que cumpla con al menos uno de los 10 criterios del Patrimonio Mundial (contenidos en las Directrices Prácticas para la Aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial Cultural y Natural), b) Que cumpla con las condiciones de autenticidad e integridad (definidas en la mismas Directrices); y c) Que demuestre la existencia efectiva de acciones de protección, manejo y gestión.
El Patrimonio Mundial se organiza en 5 regiones culturales: África, Estados Árabes, Asia-Pacífico, Europa y Norteamérica y, Latinoamérica y el Caribe. En la actualidad los 167 Estados Parte que han suscrito la Convención, son responsables del cuidado, gestión y desarrollo de los Sitios propuestos por ellos e inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial. A la fecha existen 1.154 bienes inscritos, de los cuales 897 corresponden a patrimonios culturales, 218 a patrimonios naturales, y 39 a patrimonios mixtos. A su vez, 52 han ingresado a la Lista de Patrimonio Mundial en Peligro y otros 3 han sido excluidos. En vista de la tendencia global, del universo señalado, 43 bienes son transfronterizos, es decir son compartidos por diferentes países.
En la región de Latinoamérica y el Caribe, 28 son los Estados Parte suscritores de la Convención. Se cuenta con 146 bienes inscritos, de los que 100 son de tipo cultural, 38 de tipo natural y 8 mixtos. Esto representa un 12,65 % del total de bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial). Si se la compara con la situación de la región de Europa y Norteamérica, sin duda que estas cifras no reflejan cabalmente la riqueza de los patrimonios con que cuenta nuestro continente y, que debieran estar contenidos en la Lista.
A su vez, Chile está representado con 7 bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial. Estos son: Parque Nacional Rapa Nui (1995, criterios III y V); Iglesias de Chiloé (2000, criterios II y III); Área Histórica de la Ciudad-Puerto de Valparaíso (2003, criterio III); Oficinas Salitreras de Humberstone y Santa Laura (2005, criterios II, III y IV); Centro Minero de Sewell (2006, criterio II); Sistema Vial Andino Ruta de Qhapaq Ñan (2014, criterios II, III, IV y VI); y Asentamiento y Momificación Artificial de la Cultura Chinchorro (2021, criterios III y IV). Por otra parte, 17 son los bienes que actualmente forman parte de la Lista Indicativa, elaborada el Estado de Chile, y que en el futuro podrían convertirse en Sitios del Patrimonio Mundial.
Expresamente la Convención afirma que, «Un bien declarado Patrimonio Mundial es un legado de la comunidad internacional y su presencia en un determinado país, le exige a éste un incremento de imaginación, preocupación y esfuerzos de inversión para conseguir su protección y defensa».
En lo que respecta a los Estados Parte, a continuación se indican algunas de las responsabilidades que ellos adquieren para la implementación de la Convención:
a. Asegurar la identificación, denominación, protección, conservación y transmisión a futuras generaciones de la herencia cultural y natural que se encuentra dentro del territorio nacional.
b. Desarrollar planes de protección patrimonial.
c. Disponer medidas legales, administrativas y técnicas, así como dispositivos científicos y financieros para la protección de los bienes.
d. Evitar medidas que directa o indirectamente causen o puedan causar daño al patrimonio.
En 50 años de vida, la Convención ha permitido relevar la importancia de la cultura y el patrimonio en el desarrollo de las sociedades contemporáneas, contribuyendo a la continua revalorización de las identidades locales en un contexto global. Constituye además, un medio para promover la conservación y transmisión inter-generacional de conocimientos, prácticas socio-espaciales y valores, en un mundo expuesto a aceleradas transformaciones y riesgos.
Coadyuvante del desarrollo sostenible, el Patrimonio Mundial, materia de la Convención, nos invita a meditar y actuar frente a la responsabilidad que tenemos sobre los bienes comunes a nivel mundial y local. La tarea de conservarlos, no solo implica una labor del Estado, sino del conjunto de la sociedad (comunidades, organizaciones, universidades y expertos), cuyo objetivo final sea tratarlos en el presente como recursos al servicio de un mejor y justo bienestar de las personas.
Mario Ferrada Aguilar
Instituto de Historia y Patrimonio
Facultad de Arquitectura y Urbanismo
Universidad de Chile